sábado, 16 de julio de 2016

ODIO A LA VERDAD Juan José Bocaranda E




ODIO A LA VERDAD
 
Juan José Bocaranda E
Si tanto odias la verdad, trata de matarla. Pretenderlo es lo más fácil del mundo. La verdad morirá del susto y tú podrás proseguir con la farsa y la mentira, caldo de tu cultivo.
(Yo, no más)

Para despertar la piedad y la nobleza
de un matarife descarado
un pollo esponjado a punta de hormonas y jarabes
dijo como quien dicta una disposición testamentaria:
entrego mi vida tan honrada
de pollo casto y virgen todavía
al patíbulo cruel y despiadado
por amor al hombre y la verdad.
Pero el matón, con mirada y mandíbula torcidas
 muy lejos de mostrar piedad
de un solo tajo certero y democrático
cercenó aquel pescuezo noble y abnegado
descargando aun más el peso de su furia y saña
porque le había mencionado la verdad.

Así obran los matones, más aun cuando empuñan el poder.

domingo, 10 de julio de 2016

EL JUEZ QUE VIVIFICÓ LA LEY Juan José Bocaranda E





EL JUEZ QUE VIVIFICÓ LA LEY
Juan José Bocaranda E

¿¿¿De qué vale una ley nueva si quien la aplica es un juez de  espíritu avejentado???

Si hay jueces sabios, sin duda lo es el  que logra sacar partido aun a las leyes viejas.

Recordamos cómo, a comienzos de los años 60, un juez salvó del embargo la nevera de una humilde señora en la ciudad de Barquisimeto. Y no lo hizo por arte de magia, ni por los caminos verdes, ni implorando al más allá: “simplemente” usó la inteligencia y el sentimiento de lo humano, y aplicó nada menos que el artículo  1929 del Código Civil, de larga data,  que prohíbe la ejecución del lecho del deudor, de su cónyuge y de sus hijos; de la ropa de uso de las mismas personas y de los muebles y enseres que estrictamente necesiten el deudor y su familia; de los libros, útiles e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio del deudor; de los dos tercios del sueldo o pensión de que goza el deudor, etc.

En esta lista no se lee por ningún lado la palabra “nevera”, y cómo podría leerse si se tiene en cuenta que mientras la primera nevera como tal se lanzó al mercado en 1938,  aquella  disposición legal tiene varios siglos de existencia. No obstante todo esto, el juez incluyó los refrigeradores  domésticos en la lista, en virtud de la analogía, pues consideró que las neveras contribuyen a la economía del hogar, porque evitan tener que ir al mercado todos los días, lo que favorece en especial a las personas de escasos recursos pecuniarios. Sin duda, se trataba de un Juez sabio, consciente y verdaderamente humano, cuyo ejemplo deberían seguir muchos otros juzgadores. En especial los que tornan viejas las leyes nuevas, antes de tiempo, debido a una interpretación retrógrada.

Otro Juez no se hubiese desprendido del monóculo décimonónico del dogmatismo y hubiese embargado la nevera de aquella pobre mujer, sin el más pequeño toque de consciencia. Y nadie hubiese logrado convencerlo de que –como dicen las Escrituras Sagradas- “la letra mata y el espíritu vivifica”, ni de aquello de que “no se ha hecho el hombre para la ley sino la ley para el hombre”.

De todo lo anterior se infieren dos puntos básicos:
primero,
que los jueces no deben matar el espíritu de las leyes, deteniéndose en la superficie en busca de una justicia meramente filológica, en vez de profundizar en su significado en función de la realidad, con inteligencia y sentimiento de lo humano,;
y, segundo,
que para ser Juez no es suficiente pasar por una Universidad, ni tener esteradas de diplomas todas las paredes de la oficina, ni realizar cursos y hasta “cursillos de cristiandad”, sino que es necesario, como base, tener disposición para abrirse al espíritu de los nuevos tiempos y de la solidaridad humana y social. Porque es allí donde radica la esencia del buen juzgar. Es allí donde se oculta “la magia simpática de las leyes”. 
Parafraseando al filósofo: es preferible un juez bueno que una buena ley.

domingo, 12 de junio de 2016

EL DERECHO A LA ESTUPIDEZ Juan José Bocaranda E



                                                                            Cabeza de Ladrillo

EL DERECHO A LA ESTUPIDEZ
Juan José Bocaranda E

Se dice que hoy la libertad del hombre debe ser omnímoda y plena, porque así lo exigen los derechos humanos. Por consiguiente,  todo el que quiera hacer uso de su libertad  la tiene, incluso, para ser estúpido y  permanecer en la estupidez. Lo que significa que existe y debe ser reconocido en la práctica el derecho humano a la estupidez.

El derecho a la estupidez puede operar respecto al propio Derecho, es decir, a la concepción del Derecho como panacea. Así, según la mentalidad de quienes hacen uso de ese derecho,  basta aprobar una retahíla de leyes, y quedarán resueltos, automáticamente y  como con varita mágica, todos los problemas de los individuos y de la sociedad. Basta una ley en cada área, nivel y aspecto de la realidad, para que todo quede  plenamente satisfecho, como lleva a suponerlo la estupidez.

La estupidez dice a sus usufructuarios que, por esa vía, mediante la virtud de las leyes, se endereza por sí sola la economía, a tono con el principio de la igualdad. Por lo que son suficientes un par de leyes o una ley-base, para que a partir del mismo día de la publicación oficial, cesen las desigualdades sociales y el pan llegue a todas las mesas. Del mismo modo, basta la adhesión a las propuestas de la ONU por un Mundo mejor, de paz, de armonía universal, de igualdad absoluta, para que la Tierra se convierta en la Nueva Jerusalén. Basta, también, una ley que decrete el amor universal, y los violentos depondrán  las armas, y las farmacéuticas y las grandes  productoras  de alimentos renunciarán a la usura que tanto les carcome el alma, y se abocarán a una campaña de humanismo ejemplar.

En síntesis, contra la opinión de von Savigny, es necesario, conforme a la estupidez, producir leyes “como píldoras”, para que los seres humanos seamos felices...

Por supuesto, inherente al derecho a la estupidez, late el convencimiento de que, por gozar las leyes de una virtud substante, su funcionamiento y aplicación son totalmente ajenos a la actividad consciente y moralmente responsable de los funcionarios, quienes,  mientras las leyes trabajan por sí solas, podrán dedicarse al “ocio creativo”. Es decir, a planificar sustracciones y robos contra el erario público,  dando rienda suelta a la corrupción, para ingresar por vía directa al escalafón de los nuevos ricos.

También es inherente al derecho a la estupidez, la ingenuidad de creer suficiente que las leyes establezcan la responsabilidad jurídica de los funcionarios –responsabilidad civil, penal, administrativa y disciplinaria- para que estos seres angelicales, dejando al margen el deber moral, se mantengan en la senda del bien y de lo justo, y satisfagan los fines del Estado y el goce  complacido de los administrados.
En otras palabras, el derecho a la estupidez comprende también la prerrogativa “humana” de excluir a gusto o conveniencia, todo asomo de exigencia moral en el manejo de las leyes. Porque la razón estúpida predica que a la hora de la verdad, la Moral no es sino un estorbo ya que cierra paso al libre albedrío, impidiendo al funcionario optar por el mal cuando le convenga (lo cual le ocurre con predominante frecuencia).

Pero, por sobre todas las cosas, para los derechohabientes de la estupidez rige el principio inviolable, divinamente establecido, de la separación absoluta entre el Derecho y la Moral. Ello  desde que, en su opinón, lo que Kant hizo no fue distinguir entre el Derecho y la Moral, sino decretar la separación, como deidad omnipotente,  para evitar un contubernio pecaminoso entre ambos, suponiendo estúpidamente que la separación obedece a una ley natural, como la ley  de la gravedad. Por lo tanto, el alto tenor de la estupidez a la que tienen derecho,  les impide comprender que la relación entre el Derecho y la Moral es asunto de la  dinámica histórico-social. Motivo por el cual no otorgan importancia al hecho de que la relación entre la Moral y el Derecho haya evolucionado desde Grecia y la Roma antigua, (cuando se confundían las normas morales con las jurídicas y las religiosas), hasta la Edad Media, con la concepción de una Moral prevaleciente sobrel Derecho, después de lo cual vino la concepción de una independencia total, como ocurrió con el juspositivismo y la Escuela de Viene. Nada de lo cual impide que hoy, como consecuencia fundamental y necesaria de la esencia de los derechos humanos, tenga lugar el reencuentro de la Moral con el Derecho, mediante una Moral endojurídica, como lo exigen los nuevos tiempos, asunto que tampoco permite ver el libre ejercicio del derecho a la estupidez, que no pretendemos negarles.

Por supuesto, por otra parte, el derecho a la estupidez impide a los estúpidos  darse cuenta de que en un país donde la Moral se mantiene lejos y fuera del Derecho, no reinan sino el caos, la corrupción, el crimen,  la injusticia,  la violación permanente de la verdad y el desmoronamiento de los derechos humanos.

Pero, ¿cómo hacer entender estas cosas a quienes  dedican la vida al uso fanático de la estupidez? Por lo menos quien esto escribe se abstiene de hacerlo, no vayan a enjuiciarlo por violación de los derechos humanos, de cuya lista forma parte el sagrado derecho a la estupidez.


jueves, 2 de junio de 2016

CARÁCTER CIENTÍFICO DEL PENSAMIENTO IUSÉTICO Juan José Bocaranda E





CARÁCTER CIENTÍFICO DEL PENSAMIENTO IUSÉTICO
Juan José Bocaranda E

También la honradez  intelectual es un deber moral, porque implica la defensa o el rechazo de una verdad que para un intelectual realmente honrado no puede resultar indiferente.

“La honradez intelectual – anota Etienne Gilson- es un respeto escrupuloso por la verdad”, que –agregamos nosotros- se supone en quienes nos adversan desde las sombras.
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Estamos plenamente conscientes de que el sólo insinuar que la IUSÉTICA tiene carácter científico, incrementa el convencimiento que abrigan nuestros enemigos, de que estamos ubicados  casi en el nivel de los descerebrados. Pero, aun en presencia de este riego –que ni nos suma ni nos resta- mantenemos lo dicho: la IUSÉTICA es un pensamiento científico, a menos que alguien vaya demostrando, una a una y plenamente, la falsedad de nuestras afirmaciones, lo cual –dese por seguro- generaría un largo debate, pues nos asisten argumentos de sobra para sostener y mantener nuestra propuesta del paradigma que, desde hace casi dos décadas, dimos en llamar “IUSÉTICA”.

Ahora bien, ¿Por qué el pensamiento iusético tiene carácter científico? Porque reúne las características que los filósofos del saber científico han venido señalando.
a) La Ius-ética es un pensamiento objetivo. Parte  de hechos rales, no obedece a un interés particular de su proponente. Se funda en un hecho histórico, como lo  fue la Proclamación Universal de los Derechos Humanos, realizada por la ONU el 10 de diciembre de 1948: se trata de un hecho determinado en el tiempo y en el espacio, que sirve de punto de partida a la concepción ius-ética de un Derecho Nuevo, realmente nuevo.  El pensamiento ius-ético no es fruto, pues, de una actividad especulativa.

b) La Ius-ética  es un pensamiento cabalmente racional. Mediante la actividad reflexiva sobre el significado del hecho histórico de la Proclamaciòn de los Derechos Humanos, sobre los fundamentos profundos de aquèlla y sobre los efectos o consecuencias de la misma,  la Ius-ética construye su estructura de pensamiento, constante de principios fundamentales que le otorgan un perfil propio, específico.

c) La Ius-ética es un pensamiento sistemático, un pensamiento ordenado, donde las ideas son jerarquizadas en forma lógica y coherente, generando, así, una totalidad  equilibrada,  una estructura cuyos elementos se combinan en función creativa.

En fin, el pensamiento iusético conjuga casi todas las características del pensamiento científico que señala Mario Bunge:
1-  Factico porque parte de los hechos dados en la realida
2-  Trascendente por ir mas allá de los hec
3-   Analítico por descomponer y recomponer él todo y sus partes del objeto de estudio
4-  Claro y Preciso, sin indefiniciones  ni  vaguedades.
5- Comunicable porque se dirige al mundo
6- Verificable ya que todo él es objeto de la observación y la experimentación para enriquecerlo.
7- Metódico porque todo se planea y todo se organiza
8- Explicativo ya que busca explicar en forma satisfactoria los hechos.
9- Predictivo porque desde el presente se puede ir al pasado o al futuro. y con ello puede modificar favorablemente el desarrollo de los acontecimientos en beneficio de la sociedad.
10- Abierto ya que esta en evolución y cambio en forma permanente.
11- Útil porque aporta y contribuye a mejorar la sociedad.

sábado, 16 de abril de 2016

CÓMO SE DEBE CRITICAR UN LIBRO Y CÓMO CRITICAR EL LIBRO IUS-ÉTICA, EL DERECHO DEL NUEVO MILENIO. Juan José Bocaranda E





CÓMO SE DEBE CRITICAR UN LIBRO Y CÓMO CRITICAR EL LIBRO  IUS-ÉTICA, EL DERECHO DEL NUEVO MILENIO.
Juan José Bocaranda E

Nuestro libro Ius-ética, el derecho del nuevo milenio, puede ser objeto de crítica como cualquier otra obra. Más aun, debe ser criticado para que el autor tome consciencia de los errores que posiblemente contenga…No somos dogmáticos ni supremáticos y estamos abiertos a todo debate racional y objetivamente conducido. Pero, debate público, serio, reflexivo…
La crítica debe ser verdadera critica, no criticonería, propia de gente volátil e irresponsable y mediocre…de los mediocres del cuchiqueo mesquino y de las sombras infladas. Porque la criticonería y los correspondientes criticones, lo que hacen es desprestigiar la idea de crítica, de la verdadera crítica, elevada al rango de auténtica co-creadora del ser humano, como sugiere el filósofo R.C. Kwant en su famoso libro La critica hace al hombre…

El juicio de valoración es algo serio, algo digno. Por consiguiente, la crítica debe ser objetiva, bien intencionada y efectuada dentro de determinados parámetros y condiciones, y por personas conscientes y responsables.

No merece el nombre de “crítica”, -ni quienes presuman de serlo tomados en cuenta-, cuando no la realizan en condiciones mínimas de respeto a ella misma, así como a la persona o personas involucradas.
De ahí la actitud estúpida de quienes prestan atención a las “críticas” que un grupo de ebrios -profesionales o no- “hacen llover” una noche de farra, contra determinado libro y su autor. Porque, por una parte, un bebedero de aguardiente no es el lugar más conveniente, ni un estado de borrachera la forma más idónea para realizar la crítica.

La extensión de la crítica debe ser proporcional a la del objeto criticado.
Cuando se critica un artículo periodístico o un aspecto del mismo, podría ser suficiente otro artículo periodístico. Pero cuando se plantea controversia sobre el sistema de ideas expuestas en un libro, lo más lógico, digno, noble, convincente y sobre todo responsable, es que el crítico conciba, elabore y redacte otro libro, expresamente dirigido a la refutación, tomando en cuenta la estructura total, no elementos aislados, fuera de contexto.
Faltaría, pues, a la ética una persona que pretendiese objetar un libro con dos o cinco frases, ni siquiera con uno o más artículos, sin proporción en cuanto a la extensión ni al grado de reflexión.
Sería extremadamente fácil, deshonesto, irresponsable y menos que mediocre, pretender derribar de dos plumazos, conceptos elaborados durante largo tiempo de estudio.

Obviamente, las objeciones deben expresarse mediante razonamientos pertinentes,  desarrollados conforme a las exigencias de la lógica, deteniéndose en las cuestiones fundamentales, profundizando en ellas, sin tautologías ni peticiones de principio, ni utilizando falacias o recursos ad hominem, como suelen hacerlo los bellacos y los palurdos.

La crítica debe constituir un aporte original, valioso, calificado. Por consiguiente, no debe limitarse a repetir conceptos archiconocidos, lugares comunes, ni copiados de otros autores; ni a perpetuar puntos de vista obsoletos o moral y socialmente desfasados.

La crítica debe manifestar que ocupa un nivel elevado  de pensamiento, de tal calidad, que supere, evidentemente,  el aporte de la obra cuestionada. Y si el autor propone un sistema, el crítico debe proponer otro sistema, que manifieste  ser superior, pleno, creativo, adecuado, novedoso, útil, capaz de impulsar el desarrollo práctico en la materia debatida, atendiendo al carácter y a los requerimientos de los nuevos tiempos.

No tiene mérito alguno tratar de abortar una propuesta y no estar dispuesto a sustituirla por otra superior.

La crítica no debe ser impulsada por el ánimo innoble de destruir. Antes por el contrario, debe emanar de un sentimiento de nobleza y del deseo de contribuir al progreso de la sociedad y de la humanidad. De lo contrario, no vale la pena…

Estamos conscientes de que constituye no sólo un derecho sino también un deber, refutar aquellas tesis que consideremos erróneas o perjudiciales para el ser humano, para la sociedad, para la naturaleza, para el destino del hombre, etc.etc. porque contribuyan a su envilecimiento o frenen su evolución.

La critica seria, racional, constructiva y noble,  no cabe en el ambiente de un bar ni en una noche de farra. Y quienes prestan oídos a tales  “críticos”, están tan ebrios de estupidez como los propios “criticones”…

Seria de desear que quienes no estan de acuerdo con las ideas que expresamos en nuestra obra, dieran la cara, dispuestos a esclarecer las ideas en un debate de altura que-
estamos absolutamente seguros- sabrían sostener impulsados por su indudable amor a la verdad, como debe esperarse de quienes hacen gala de honestidad intelectual.