lunes, 26 de septiembre de 2016

LA IGNORANCIA CULPABLE Y LA VIGENCIA DEL PRINCIPIO ÉTICO CONSTITUCIONAL LA FALTA DE HONRADEZ INTELECTUAL Y MORAL Juan José Bocaranda E





LA IGNORANCIA CULPABLE Y LA VIGENCIA DEL PRINCIPIO ÉTICO CONSTITUCIONAL
LA FALTA DE HONRADEZ INTELECTUAL Y MORAL
Juan José Bocaranda E

La norma suprema del ordenamiento jurídico es el Principio Ético Constitucional (PEC). Sin embargo, en nuestro  país se da un caso extremadamente “especial” en esta materia, y es el hecho de que la población en general o no tiene consciencia de que el PEC se encuentra establecido en el Artículo 2º. de la Constitución Bolivariana de Venezuela, o ello la tiene sin cuidado. Porque las exigencias de la Ética resultan de poca monta y  los principios y valores éticos “no son rentables”. No producen dinero. Incluso, son contraproducentes...
Que esto ocurra respecto a la población en general, puede atribuirse a la ignorancia “negativa”,  y ello los disculpa, relativamente, porque hoy la Constitución se cacarea en todos los rincones. Pero que el desconocimiento lo perpetren profesionales y, peor aun, especialistas en la materia, es algo que   no tiene nombre. Porque se presume que  deberían ser los primeros en mirar de cerca la presencia de ese Principio, por razones obvias. Pero, como no lo hacen, incurren en ignorancia “privativa”, y ello los señala y les hace culpables, moralmente, pues su profesión y ocupaciones les obligan a tener ese conocimiento. Peor aun cuando se trata de los funcionarios, quienes son directamente obligados por  las exigencias del Principio Ético.
Quienes por su profesión u oficio deberían ocuparse del Principio Ético Constitucional y sin embargo no lo hacen, llevan a una de dos: o no han leído el Artículo 2º de la Constitución vigente. O sí lo han leído, pero no comprenden o no les importa el Principio Ético allí establecido. En ambos casos,  carecen de honradez intelectual y de honradez moral al mismo tiempo:
a)
de honradez intelectual, porque demuestran que, pese a lo que digan, declaren o escriban, en realidad no aman ni respetan la verdad. Es decir, son hipócritas redomados, fariseos mondos y redondos.

b)
 de honradez moral porque, pese a lo que digan, declaren o escriban, no aman ni respetan realmente los principios de la justicia. Por lo tanto, ratifican, enfatizan, abonan, incrementan, enriquecen su enfermiza hipocresía y su crudo fariseísmo.

Si amasen y respetasen la verdad, reconocerían y valorarían la presencia del Principio Ético Constitucional, en lugar de contribuir a su sepultura a través del silencio cómplice. Contribuirían a destacar la existencia constitucional de ese Principio y buscarían hacerlo valer para orientar o enjuiciar las actuaciones del Estado y de los funcionarios, enfatizando esa verdad en pro de la justicia. Utilizarían el Principio Ético como bandera de lucha por un Derecho superior  y por el funcionamiento idóneo del Estado y de las instituciones.
La vigencia de la Constitución Bolivariana de Venezuela va hacia  los veinte años, y hasta ahora no hemos leído en la prensa ni observado en  televisión que alguien haya mencionado, ni siquiera de paso, el Principio Ético. Y, al no manifestar consciencia ni interés por la naturaleza, fines,  jerarquía, trascendencia y significación  de ese Principio, han contribuido tácitamente en la perpetración de los males que han padecido los habitantes y el país desde que entró en vigencia la nueva Constitución. Si desde un comienzo se hubiese llamado la atención de los gobernantes hacia la relevancia suprema del Principio Ético, muchos males, perversiones y actos injustos hubiesen podido ser evitados. Y al “dejar hacer y dejar pasar”, los indiferentes, los indolentes y los negligentes, han caído en complicidad por omisión, y no pueden quitarse de encima el peso de esa responsabilidad, sino reivindicándose, es decir, comenzando a destacar la vigencia y las funciones del PEC..
Quién sabe cuántos de ellos opinarán como cierto políptico según el cual  la aplicación del Principio Ético sería “algo excesivamente drástico e inconveniente”...
Claro está: la Moral jamás conviene a quienes viven de “la pesca nocturna y otros deportes”.


viernes, 9 de septiembre de 2016

IMPACTOS AMBIENTALES EN EL ARCO MINERO. VENEZUELA José Luis Rodríguez (Ingeniero).



IMPACTOS AMBIENTALES EN EL ARCO MINERO.
VENEZUELA
José Luis Rodríguez (Ingeniero).

Las empresas  mineras están obligadas por ley (Art. 129 de la Constitución, arts. 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ambiente (LOA) y el Decreto 1257 del 13/3/96,  G.O  35.946 del 25/4/96)  a realizar los Estudios de Impactos Ambientales (EIA); los cuales,  entre su contenido, señala  la propuesta de medidas que deben contemplarse para prevenir, corregir y/o mitigar los impactos generados por las acciones de los instrumentos de planificación (políticas, planes, programas, proyectos). Pero ese mandato, ellas no lo cumplen,  porque una vez culminada la explotación minera en las zonas, éstas son dejadas abandonadas; de ese modo, quedan expuestas constantemente a los procesos erosivos por la acción del aire y el agua; lo que  originan contaminación y sedimentación en cursos de agua, embalses y suelos;  por causa de esto último, el  sotobosque queda sepultado  y disminuyen las áreas de uso agrícola. Asimismo, los ecosistemas circundante  a las zonas mineras se van derrumbando  por los deslizamientos de tierra, también su vegetación sufre estrés, ya que su área foliar cubierta de material particulado no puede transpirar ni realizar la fotosíntesis con toda su capacidad  y los otros seres vivos sufren de enfermedades. Esa situación se puede observar en varias regiones de Venezuela, entre ellas las zonas mineras (Las Cristinas, Las Brisas, Las Claritas y otras) ubicadas en el Arco Minero del Orinoco (AMO)

Esos antecedentes nos indica que  lo primero que debería haber hecho el Ejecutivo, antes de  promocionar todo el AMO, era ocupar por la fuerza las zonas mineras intervenidas en el AMO, para ejercer la autoridad de Estado en la zona con el fin de:
a.Eliminar la minería ilegal.
b.Organizar y formar a las comunidades que ejercen la minería artesanal para que se incorporen en la implementación de las medidas de saneamiento y restitución ambiental de la zona y otras actividades complementarias.
c. Reactivar la minería mecánica y artesanal solamente en las zonas intervenidas donde existen todavía reservas de minerales.
d. Exigir a las empresas mineras el cumplimiento del mandato legal citado,  en cuanto a  corregir los impactos ambientales que ellas mismas generaron por sus actividades  o realizar acciones conjuntas con esos fines.

 Algunas de las medidas o acciones que deberían realizarse para corregir los impactos ambientales en los ecosistemas intervenidos serían las siguientes:

1.     Remodelado del relieve de los espacios afectados a fin de reducir los deslizamientos de tierras y la erosión y rellenar las depresiones a objeto de evitar la formación de lagunas que sirvan como criaderos de insectos causantes de enfermedades. Aquellos taludes de gran inestabilidad construir sobre ellos muros de contención.
2.     Restauración del patrón de drenaje para reducir la retención superficial o lagunas, y al final de esos drenajes retenerlas en tanques de almacenamiento para su posterior tratamiento y luego verterlas en calidad acorde con la de los cursos de agua. Esto hay que hacerlo también con el bombeo de las agua de las lagunas para que no se rebosen y contaminen posteriormente los cursos de agua.
3.     Impermeabilización  de las fosas a fin de evitar que el agua almacenada en ellas percole hacia las aguas subterráneas.
4.     Revegetación con gramínea en las vertientes para la activación de los procesos de formación de suelos y regulación del efecto del escurrimiento superficial y de lluvia.
5.     Reforestación en las zonas  revegetadas  y lugares donde se desmantelan los campamentos.
6.     Realizar el análisis fisicoquímico del agua y suelos antes, durante y después de la aplicación de las medidas.
7.     Tratamientos aguas residuales, transformación de residuos  sólidos peligrosos y no peligrosos..

De no cumplirse esas medidas para corregir los impactos se corre el riesgo de tener  zonas de cráteres  contaminados y sin vida. Esas acciones lo más probable que no las cumplan las empresas porque ello implica grandes inversiones, que para ellas le ocasionaría la  disminución de sus ganancias. Ejemplo de caso, se trata de la suspensión de la concesión minera a la Gold Reserve por los daños ambientales que ocasionó- en la mina “Brisas”; no obstante, en respuesta, esa compañía demandó al gobierno ante el  Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por la estatización de sus operaciones. Consecuencia de ello,   el gobierno debe concederle el pago de 769,6 millones de dólares como indemnización. Para solventar esa deuda,  el Ejecutivo le permite la concesión de la explotación, además  de  la mina citada también de Las Cristinas. Si de esto se deriva  que las empresas   puedan demandar al gobierno en instituciones internacionales por incumplimiento de compromiso; pero él,  por ejercer el control ambiental amparado en las leyes,  no puede demandar a las empresas por los daños ambientales ocasionados por sus actividades; significa  que el grado de deterioro ambiental en esa región se va a magnificar,  si las actitudes de las   150 empresas mineras, algunas de ellas internacionales de 35 países,   sigan el ejemplo de la compañía citada. Tremenda deuda ambiental que le vamos a dejar como herencia a las generaciones futuras.
José Luis Rodríguez R (2/9/16)

viernes, 2 de septiembre de 2016

EL ESCRITOR Y LA HONRADEZ Juan José Bocaranda E





EL ESCRITOR Y LA HONRADEZ
Juan José Bocaranda E

Estas ideas puede que sean “de Perogrullo”. Seguramente, también, han sido expresadas por personas mucho más calificadas que quien esto escribe. Sin embargo, hemos de anotarlas, pues  nos  apremian de momento:

El escritor que se deja seducir por  el fin  de complacer,  debería abstenerse de seguir  escribiendo. Primero, porque, debido a   la diversidad de ideas y de intereses que dividen el Mundo, es imposible complacer a todos. Segundo, porque los ideales y el carácter del escritor quedarían en entredicho si cayese en ese tipo de “oferta” sacrílega, que enturbia su misión. Y si por decir la verdad y defender la justicia queda sin lectores, aun en esa forma estará cumpliendo su deber de lealtad para con ellas. Porque un escritor sin principios es un molusco moral, que carece de la fibra espiritual necesaria para dar cumplimiento a su misión, que es expresarse. No, enseñar, pues,  a menos que se trate de una obra didáctica, no debe conducirse por la idea de enseñar a los demás, como presunto “maestro”, lo cual, sin embargo, no impide orientar, a condición de que ame la verdad y la defienda, lejos de la venalidad y de la entrega.
Claro está que una cosa es la verdad  y otra lo que el escritor supone que sea. Pero, en todo caso, debe expresar “su” verdad en forma sincera, desde el fondo del alma. Porque si finge, si no es fiel al ideal de la verdad, si miente, comete un “adulterio del corazón”, como alguien dijera.
Ahora bien, contrapartida a la suposición fiel y sincera de la verdad que tenga y mantenga un escritor, es  deber moral de otros escritores, de combatir el error. El deber de criticar  constituye para el escritor un imperativo de conciencia y de consciencia. Es decir, de conciencia moral y de consciencia intelectual. De donde surgen los conceptos de honradez moral y honradez intelectual.
Etienne Gilson, uno de los más grandes especialistas en Filosofía Medieval, se destaca por haber tenido presentes y claros ambos conceptos, Y, así, define al intelectual “verdadero” como aquella persona para la cual la vida intelectual forma parte de su vida moral, esto es, “un hombre que ha decidido, de una vez por todas, aplicar las exigencias de su conciencia moral a su vida intelectual”. Y agrega que la primera virtud del “intelectual verdadero”, es la honradez intelectual. De lo cual pasa inmediatamente a definir ésta, así como la honradez moral: la honradez moral es un respeto escrupuloso por las reglas de la justicia, y la honradez intelectual es un respeto escrupuloso por la verdad.
De todo lo anterior podemos inferir que ninguna actividad del  verdadero intelectual debe llevarse adelante al margen de la conciencia y del deber moral de respetar la justicia y la verdad; y que  quien desvincule de su actividad la honradez, no es un verdadero intelectual y sólo  finge serlo, porque se trata de un farsante, de un hipócrita, de alguien que no valora debidamente ese quehacer y, en el fondo, de alguien que traicionando los principios fundamentales de su función, traiciona a la sociedad y la Historia.

Queda claro, pues, que el impulso  de la honradez intelectual es la honradez moral, porque todo ser humano que responda a su deber moral debe conducirse por principios, con la consciencia de que los principios del entendimiento deben funcionar sobre los principios de la Moral.
De esta correlación de los principios, de este orden lógico y metafísico de los principios, emerge el escritor “de carácter”. El escritor de principios firmes, que no le permiten desviarse de la verdad y de la justicia.
Aplicando el pensamiento de Césare Cantú a la inversa, cabe definir a un escritor “sin carácter” como aquél que “no tiene el propósito de permanecer tal como es. No persevera en sus miras ni en su conducta. Carece vigilancia fuerte y de voluntad firme, por lo que toma los matices de las cosas que le rodean. Muda de sentimientos por miedo a los sucesos o por temor al ridículo. Enciende una vela a Dios y otra al diablo. Se afana de parecer otro del que es. Se va detrás de la popularidad traicionando su conciencia. Busca sólo su propio bien y no sabe qué hace ni por qué. No siente con nobleza, no mantiene varonilmente, no espera con gallardía, con alteza de miras, con claridad de propósitos, con franqueza de actos”.
Se trata, en síntesis, del molusco moral al que nos referimos al comienzo, no, ciertamente, del intelectual “verdadero”, sino de un burdo remedo que resulta ejemplar sólo por la negatividad que refleja, oscureciendo los caminos en vez de iluminarlos con el amor a la verdad.
Para finalizar: el verdadero intelectual, vale decir, el verdadero escritor, comprende que se debe en todo momento y circunstancia a las exigencias de la verdad, en la misma medida en que se debe a las exigencias de la justicia, y que la verdad no se condiciona, no se negocia, no se prostituye, no se da en arrendamiento, no se supedita a las bajas pasiones, como la envidia o la ruindad, no se hace esclava de los placeres, ni se apaga, ni se oculta, ni se le rehúye. Como dice el Evangelio, debe ser luz colocada, no debajo de la mesa, sino en lo alto, para que ilumine la casa.
Por cierto, ¿podemos confiar en la justicia que pregonan los intelectuales que irrespetan la verdad, si se tiene en cuenta que no puede haber justicia sin verdad como no puede haber verdad que no encamine a la justicia?. Por algo anotó Joseph Joubert que “la justicia es la verdad en acción”.